Atento el tiempo transcurrido y las circunstancias económicas que atraviesa el país, si bien es constitucional el límite del seguro, se revoca la resolución en cuanto dispone la aplicación del tope vigente a la fecha del accidente.
Atento el tiempo transcurrido y las circunstancias económicas que atraviesa el país, si bien es constitucional el límite del seguro, se revoca la resolución en cuanto dispone la aplicación del tope vigente a la fecha del accidente.